Nuestro país se encuentra dentro de uno de los principales destinos de inversión extranjera en el área del Caribe. Desde hace 47 años goza de una estabilidad política ininterrumpida. Su organización política está regida por su principal ley, la Constitución Dominicana, la cual ha recibido varias reformas. La última, en 2010, acogió varias conquistas para fortalecer el Estado de Derecho, entre ellas cabe la creación del Tribunal Constitucional, destinado a garantizar el imperio de la Constitución, fortaleciendo el Estado de Derecho y las garantías de todos los inversionistas.

Para tratar este apasionante tema acudimos a la opinión experta de Sharin Pablo de Roca, abogada egresada de Georgetown University, socia de la firma JJ Roca & Asociados y responsable del equipo enfocado en la práctica Corporativa y Propiedad Intelectual.

01¿Por qué cree usted que República Dominicana es un destino ideal para invertir?

De la mano de un marco legal que garantiza e incentiva la inversión extranjera, República Dominicana cuenta con un Poder Judicial independiente y con leyes y tratados que favorecen y protegen el arbitraje, brindando así a inversionistas extranjeros alternativas y mayor seguridad para la resolución de conflictos. Todo esto sin perjuicio de su estratégica ubicación geográfica, situada en el mismo corazón del Caribe.

Las riquezas de República Dominicana de alguna manera parecen inagotables. Cuenta con inversiones en casi todos los renglones económicos, entre los que se destacan el turismo, las zonas francas, agroindustrias, minería, comercio y telecomunicaciones. Sus playas constituyen uno de sus mayores atractivos, pero falta mucho por disfrutar de sus bellas montañas y sus diversos ecosistemas. Su clima es único durante todo el año y su sol brilla de manera hermosa los 365 días del año, salvo en los intervalos de lluvia que se suman para aumentar la belleza natural de sus campos. 

Más allá de sus paisajes, República Dominicana tiene su gente. Una de las mayores riquezas de nuestro país radica ahí. La apertura y calidez de su gente y su disposición para recibir a los visitantes, es probablemente uno de los mejores recuerdos de aquellos que nos visitan.

¿Qué leyes protegen la inversión extrajera en República Dominicana?  

02La Constitución consagra como pieza fundamental los derechos humanos, enunciados o no en la misma, así como en los diversos tratados internacionales destinados a su protección. La igualdad de todos –dominicanos y extranjeros que quieran vivir e invertir en República Dominicana– es la piedra angular del régimen legal de protección e incentivo a la inversión extranjera. Al efecto, la Ley Suprema garantiza la igualdad de condiciones para el inversionista  nacional o extranjero. 

No existen leyes que presenten trabas u obstáculos a la inversión extranjera en República Dominicana. Cualquier extranjero puede hacer inversiones sin mayores inconvenientes y puede adquirir inmuebles sin límites de ninguna especie. Años atrás, teníamos restricciones a la adquisición de inmuebles por extranjeros que fueron eliminadas, marcando de esa forma la tendencia claramente trazada de proteger e incentivar la inversión extranjera. Esto se puede constatar en los cambios que hemos visto en los últimos años. 

Por ejemplo, los extranjeros sin arraigo que intentaban acceder a los tribunales dominicanos, podían ser obligados a constituir una fianza judicial. Ya esto fue declarado inconstitucional por los tribunales inferiores y por la Suprema Corte de Justicia, por considerarse una desigualdad entre extranjeros y nacionales y por limitar el acceso a la justicia. También una reciente reforma a las leyes sobre sociedades comerciales eliminó dicho requisito para las sociedades extranjeras.

03Más aun, los inversionistas extranjeros en muchos casos tienen mayor protección que los inversionistas nacionales. Para comprobarlo, basta leer el capítulo 10 del DR-CAFTA, el cual brinda amplias garantías a las inversiones protegidas. 

El régimen de incentivo y protección se encuentra plasmado en la Ley 16-95 sobre Inversión Extranjera, que bajo la única condición de declarar la inversión y cumplir con los impuestos correspondientes, entre otros beneficios, otorga a los inversionistas el derecho de remesar el 100% de sus capitales invertidos, así como la totalidad de los dividendos obtenidos. Por demás, el país es signatario del Acuerdo de Libre Comercio con Centroamérica, el Acuerdo de Libre Comercio con la Comunidad del Caribe (CARICOM), el Acuerdo de Alcance Parcial con Panamá y otros acuerdos bilaterales de promoción y protección recíproca de inversiones. También fue firmado un Acuerdo de Asociación Económica con la Comunidad Europea.

¿Existen incentivos fiscales para inversiones?

04La nación cuenta con varios regímenes de incentivos fiscales, incluidos aquellos para el desarrollo de la zona fronteriza del país, fomento de fuentes renovables de energía, inversiones turísticas, zonas francas y pensionados extranjeros. Propio es significar que ninguna nueva ley puede afectar los derechos adquiridos como consecuencia de una ley anterior, en razón de que nuestra Constitución establece que el legislador no puede legislar retroactivamente, salvo en beneficio del condenado o algún sub-júdice. De tal manera, existe una protección para los derechos adquiridos. 

Sharin Pablo de Roca
Abogada egresada de Georgetown University
Socia de la firma J J Roca & Asociados,
Responsable del equipo enfocado en la práctica Corporativa y Propiedad Intelectual.